INDICADORES ECONÓMICOS TRM

25/10/2024

$ 4.311,86

+$ 17,95

Precios de Referencia FFP - 1/2023

$ 3.573

Indicadores Precios de Referencia FEP - 06/2024

IPML $3.697.754 - IPME $3.616.187

Precio de referencia FFP – 12/2023:

Precio de referencia del aceite de palma crudo para el cálculo de la cuota del Fondo de Fomento Palmero de acuerdo con la Resolución 0536 del 29 de diciembre expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Indicadores precios de referencia FEP – 06/2024

  1. IPML: Indicador precio paridad de importación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado local del mes de junio de 2024. (Resolución FEP 259/ 2024)
  2. IPME: Indicador precio paridad de exportación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado de exportación (Zona Centro – Mercado Europa) del mes de junio 2024. (Resolución FEP 259/ 2024)

Corte Suprema condenó a palmicultor por desplazamiento forzado en el Chocó

El alto tribunal tomó la decisión al indicar que el procesado en diligencias judiciales anteriores había admitido su responsabilidad en dichos actos ilegales.

 

Por: LA F.m.

El alto tribunal tomó la decisión al indicar que el procesado en diligencias judiciales anteriores había admitido su responsabilidad en dichos actos ilegales.

LA F.M. conoció que la sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 85 meses de prisión proferida contra Danilo José Pacheco de la Hoz por los delitos de concierto para delinquir agravado, desplazamiento forzado e invasión de área de especial importancia ecológica.
 
La investigación tuvo origen tras una de denuncia que presentaron Ligia María Chaverra Mena y Manuel Denis Blandón, en condición de representantes de los consejos comunitarios de las cuencas de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó, quienes en su momento señalaron que “en el mes de febrero de 1997, tuvo lugar la denominada operación ‘Génesis’, en la que miembros de las autodefensas campesinas de Córdoba y Urabá y efectivos de la Brigada XVII del Ejército Nacional incursionaron de manera violenta en las cuencas de los ríos Cacarica, Salaquí y Truandó del municipio de Riosucio, Chocó, ofensiva militar que se extendió al bajo Atrato chocoano, jurisdicción del Carmen del Darién”.
 
Agrega que en “este contexto, a partir del año 2000, empresas privadas, cuyo objeto es el cultivo de palma o la ganadería extensiva, entre las que se encuentran: Urapalma S.A., Palmas de Curvaradó S.A., Palmura S.A., Palmadó Ltda., Fregni Ochoa, entre otras, se asentaron en la cuenca del Curvaradó y Jiguamiandó con el objeto de complementar un proyecto agroindustrial enfocado principalmente en la explotación de la palma de aceite”.
 
De igual modo se indicó que “sus representantes legales y/o socios, apoyados en miembros de las autodefensas, emprendieron la tarea de darle visos de legalidad a la ocupación de las tierras”.
 
En este sentido, la adquisición irregular de los terrenos y posteriores plantaciones de palma de aceite, “obedeció a una organización que contó con el apoyo de grupos armados ilegales, paramilitares, lo cual suscitó el desplazamiento de los integrantes de comunidades asentadas en las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó, donde actualmente se observan sendas plantaciones de palma, ocasionando, además, un impacto ambiental negativo en zonas declaradas reserva forestal”.

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