TRM 28/03/2024

$ 3.842,30

-$ 23,67

-0,61 %

Precios de Referencia FFP - 1/2023

$ 3.573

Indicadores Precios de Referencia FEP - 01/2024

IPML $3.520.242 - IPME $3.275.525

Precio de referencia FFP – 12/2023:

Precio de referencia del aceite de palma crudo para el cálculo de la cuota del Fondo de Fomento Palmero de acuerdo con la Resolución 0536 del 29 de diciembre expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Indicadores precios de referencia FEP – 01/2024

  1. IPML: Indicador precio paridad de importación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado local del mes de enero de 2024. (Resolución FEP 254/ 2024)
  2. IPME: Indicador precio paridad de exportación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado de exportación (Zona Centro – Mercado Europa) del mes de enero 2024. (Resolución FEP 254/ 2024)
Fedepalma
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Parafiscalidad palmera

La parafiscalidad palmera agrupa toda la información referente a la conformación y ejecución del Fondo de Fomento Palmero – FFP y el Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones – FEP Palmero, así como la rendición y transparencia de procesos en el uso y administración de sus respectivos recursos.

DIRECCIÓN DE LOS FONDOS PARAFISCALES PALMEROS

FONDO DE FOMENTO PALMERO

Comité Directivo 2022 - 2024

El Fondo de Fomento Palmero – FFP está sometido a la dirección de un comité directivo, que cumple con las siguientes funciones previstas en el Artículo 11 de la Ley 138 de 1994:

  1. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos del fondo, presentado por Fedepalma, previo visto bueno del Ministerio de Agricultura
  2. Autorizar las inversiones que con recursos del fondo deba llevar a cabo Fedepalma y otras entidades de origen gremial al servicio de los palmicultores
  3. Velar por la correcta y eficiente gestión del fondo por parte de Fedepalma.

El Comité Directivo del Fondo de Fomento Palmero – FFP está conformado por dos miembros del Gobierno nacional y cuatro palmeros que cumplan las condiciones previstas en el Artículo 11 de la Ley 138 de 1994, así:


Miembros del Gobierno

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado
Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado

Principales

Zona Oriental
Juan Carlos Morales Arango
Zona Central
Carlos Andrés de Hart Pinto
Zona Norte
Alfonso Dávila Abondano
Zona Suroccidental
Juan Camilo Rebage Soto

Suplentes

Zona Oriental
Pedro José Gonfrier Franco
Zona Central
María Angélica Matiz Gómez
Zona Suroccidental
Gabriel Villareal González
Zona Norte
Jaime Gregorio vives Pinedo

Dirección Comité Directivo

Calle 98 # 70 – 91, Centro Empresaria Pontevedra – Piso 14

ESTRUCTURA DE CONTROL

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del contrato de administración No. 050 de 1994, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene a su cargo el control y seguimiento del cumplimiento de los programas y proyectos que se financien con recursos del Fondo de Fomento Palmero – FFP. Para tal efecto, Fedepalma debe rendir semestralmente informes de avance de ejecución de los planes de inversión y gastos propuestos, y el Ministerio puede adelantar visitas administrativas de inspección para ejercer las funciones inherentes a dicho control.

 

Lo anterior implica igualmente que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural verifique el recaudo de las cuotas parafiscales, ingresos, inversiones, gastos y, en general, que las actividades del fondo se ajusten a las finalidades y objetivos del mismo, así como al presupuesto y los acuerdos de gastos aprobados.

Contraloría General de la República

El Artículo 14 de la Ley 138 de 1994 dispone que el control fiscal de la inversión de los recursos del Fondo de Fomento Palmero – FFP estará a cargo de la Contraloría General de la República.

Auditoría Interna de los Fondos Parafiscales Palmeros

Mecanismo a través del cual el administrador del Fondo de Fomento Palmero – FFP efectúa el seguimiento de las contribuciones parafiscales, lo cual incluye verificar su correcta liquidación, pago, recaudo y consignación, así como su administración, inversión y contabilización, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2025 de 1996.

RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN

Por tratarse de una cuenta especial, sin personería jurídica, y en consideración a su objeto y forma de administración, los contratos que se llevan a cabo para la ejecución de las finalidades del Fondo de Fomento Palmero – FFP, los celebra la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma, siguiendo disposiciones de derecho privado y no se aplican las normas del régimen general de contratación estatal, ni las consecuentes actuaciones administrativas de apertura, adelantamiento y adjudicación de procesos de selección públicos.

INFORMES DE GESTIÓN

Los informes de gestión son documentos mediante los cuales los Fondos Parafiscales Palmeros hacen un recuento detallado de sus labores.

FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS

Comité Directivo 2022 - 2024

Los fondos parafiscales palmeros tienen un comité directivo, conformado por miembros del Gobierno y palmeros así:


Miembros del Gobierno

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado
Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado

Principales

Zona Oriental
Juan Carlos Morales Arango
Zona Central
Carlos Andrés de Hart Pinto
Zona Norte
Alfonso Dávila Abondano
Zona Suroccidental
Juan Camilo Rebage Soto

Suplentes

Zona Oriental
Pedro José Gonfrier Franco
Zona Central
María Angélica Matiz Gómez
Zona Suroccidental
Gabriel Villareal González
Zona Norte
Jaime Gregorio vives Pinedo

Dirección Comité Directivo

Calle 98 # 70 – 91, Centro Empresaria Pontevedra – Piso 14

Teléfono Comité Directivo

(601) 313 8600

ESTRUCTURA DE CONTROL

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

En virtud de lo establecido en la cláusula séptima del contrato de administración No. 217 de 1996, corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural efectuar la vigilancia, control y seguimiento sobre el recaudo, manejo e inversión de los recursos del fondo, para lo cual el Ministerio podrá constatar el estado y manejo de los recursos con base en los libros y demás documentos que pueda mantener Fedepalma.

Contraloría General de la República

Según lo dispuesto en la cláusula novena del contrato de administración suscrito entre Fedepalma y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin perjuicio de la vigilancia ejercida por dicho Ministerio, Fedepalma en su condición de administradora del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones- FEP Palmero debe rendir cuentas a la Contraloría General de la República respecto del recaudo, manejo e inversión de los recursos del mencionado fondo.

Auditoría Interna de los Fondos Parafiscales Palmeros

Mecanismo a través del cual el administrador del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones – FEP Palmero efectúa el seguimiento de las contribuciones parafiscales, lo cual incluye verificar su correcta liquidación, pago, recaudo y consignación, así como su administración, inversión y contabilización, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2025 de 1996.

RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN

Por tratarse de una cuenta especial, sin personería jurídica, y en consideración a su objeto y forma de administración, los contratos que se llevan a cabo para la ejecución de las finalidades del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones – FEP Palmero, los celebra la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma, siguiendo disposiciones de derecho privado y no se aplican las normas del régimen general de contratación estatal, ni las consecuentes actuaciones administrativas de apertura, adelantamiento y adjudicación de procesos de selección públicos. 

INFORMES DE GESTIÓN

Los informes de gestión son documentos mediante los cuales los Fondos Parafiscales Palmeros hacen un recuento detallado de sus labores.