TRM 28/03/2024

$ 3.842,30

-$ 23,67

-0,61 %

Precios de Referencia FFP - 1/2023

$ 3.573

Indicadores Precios de Referencia FEP - 01/2024

IPML $3.520.242 - IPME $3.275.525

Precio de referencia FFP – 12/2023:

Precio de referencia del aceite de palma crudo para el cálculo de la cuota del Fondo de Fomento Palmero de acuerdo con la Resolución 0536 del 29 de diciembre expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Indicadores precios de referencia FEP – 01/2024

  1. IPML: Indicador precio paridad de importación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado local del mes de enero de 2024. (Resolución FEP 254/ 2024)
  2. IPME: Indicador precio paridad de exportación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado de exportación (Zona Centro – Mercado Europa) del mes de enero 2024. (Resolución FEP 254/ 2024)
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FONDO DE FOMENTO PALMERO - FFP

¿Qué es el Fondo de Fomento Palmero - FFP?

El Fondo de Fomento Palmero – FFP es una cuenta especial para el recaudo y el manejo de los recursos provenientes de la cuota de fomento palmero, creados mediante la Ley 138 de 1994, cuyo objeto es la financiación de programas y proyectos de beneficio para la agroindustria de la palma de aceite.

La cuota de fomento palmero equivale al 1,5 % del precio de cada kilogramo de palmiste y aceite crudo de palma extraídos. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural fija para cada semestre el precio de referencia de liquidación de la cuota.

En atención a lo establecido en los artículos 30 de la Ley 101 de 1993 y 9 de la Ley 138 de 1994, el Fondo de Fomento Palmero – FFP es administrado por la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma, entidad gremial de derecho privado, que para tal fin celebró el contrato especial No. 050 de 1994, con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, actualmente vigente. 

Función del Fondo de Fomento Palmero - FFP
  • Apoyar los programas de investigación sobre el desarrollo y adaptación de tecnologías que contribuyan a mejorar la eficiencia de los cultivos de la palma de aceite y su beneficio.
  • Investigar sobre el mejoramiento genético de los materiales de palma de aceite.
  • Indagar los principales problemas agronómicos que afectan al cultivo de la palma de aceite en Colombia.
  • Inspeccionar y promocionar los atributos nutricionales de los aceites de palma y de palmiste, y de sus subproductos.
  • Respaldar programas de divulgación y promoción de los resultados de la investigación y de las aplicaciones y usos de los productos y sub-productos del cultivo de la palma de aceite.
Comercialización
  • Ayudar a los cultivadores de palma de aceite en el desarrollo de la infraestructura de comercialización necesaria, de interés general para los productores, que contribuya a regular el mercado del producto, a mejorar su comercialización, a reducir sus costos y a facilitar su acceso a los mercados de exportación.
  • Promover las exportaciones de los aceites de palma y de palmiste y de sus subproductos.
  • Apoyar los mecanismos de estabilización de precios de exportación para los aceites de palma y de palmiste y sus subproductos, que cuenten con el apoyo de los palmicultores y del Gobierno Nacional.
Otros
  • Apoyar otras actividades y programas de interés general para la agroindustria de la palma de aceite que contribuyan a su fortalecimiento.
Normatividad Fondo de Fomento Palmero – FFP
La parafiscalidad palmera está sustentada en una amplia normatividad, que se ha ido desarrollando y modificando conforme las circunstancias lo han ameritado. Encuentre aquí las leyes, decretos, resoluciones y acuerdos pertinentes al Fondo de Fomento Palmero - FFP:
  • Resolución 00532 de 2023 Por la cual se adopta el instructivo para la elaboración y ejecución del presupuesto de ingresos y gastos de los Fondos Parafiscales de Fomento y de Estabilización de Precios agropecuarios y pesqueros
  • Decreto 013 de 2016 Por medio del cual se modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, reglamentando el parágrafo tercero del artículo 106 de la Ley 1753 de 2015
  • Resolución 031 de 2016 Por la cual se establecen términos, procedimientos y requisitos para la elección de miembros de órganos directivos de los fondos parafiscales
  • Ley 1753 de 2015 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018
  • Decreto 2537 de 2015 Por medio del cual se adiciona el Título 5 de la Parte 10 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015
  • Decreto 1449 de 2015 Por medio del cual se modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural
  • Decreto 1298 de 2015 Por el cual se adiciona un título a la parte 7 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, en lo relacionado con el Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural
  • Decreto 1071 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural
  • Ley 1450 de 2011 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014
  • Ley 1151 de 2007 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010
  • Resolución 9554 de 2000Por la cual se aprueba el instructivo para la presentación de los presupuestos y los proyectos de inversión de los fondos parafiscales Agropecuarios y Pesqueros
  • Ley 138 de 1994 Por la cual se establece la Cuota para el Fomento de la Agroindustria de la Palma de Aceite y se crea el Fondo de Fomento Palmero
  • Decreto 1730 de 1994 Por el cual se reglamenta la Ley 138 de 1994​​
  • Acuerdo 001 de 1994 Por el cual se expide el reglamento operativo del Fondo de Fomento Palmero
  • Ley 101 de 1993 - Capítulo VI Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero
  • Decreto 2025 de 1996 Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo V de la Ley 101 de 1993, y las leyes 67 de 1983, 40 de 1990, 89 de 1993 y 114, 117, 118 y 138 de 1994
Dirección del Fondo de Fomento Palmero – FFP
Precios de referencia Fondo de Fomento Palmero – FFP
Precios de referencia para el cálculo de la cuota de fomento palmero:
Período Aceite de palma crudo Palmiste Resolución del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Primer semestre 2024 $3.573 $1.223 No. 000536 de 2023
Segundo semestre 2023 $4.364 $1.531 No. 000194 de 2023
Primer semestre 2023 $4.527 $1.759 No. 00433 de 2022 
Segundo semestre de 2022 $5.738 $2.915 No. 00202 de 2022 
Primer semestre de 2022  $4.310 $2.024 No. 000392 de 2021
Segundo semestre de 2021 $3.624 $1.736 No. 000167 de 2021
Primer semestre de 2021 $2.592 $977 No. 000308 de 2020
Segundo semestre de 2020 $2.261 $942 No. 000158 de 2020
Primer semestre de 2020 $1.986 $672 No. 000457 de 2019
Segundo semestre de 2019 $1.682 $665 No. 000207 de 2019
Primer semestre de 2019 - - Nota aclaratoria MADR-resolución semestre 2019
Primer semestre de 2019 $1.755 $804 No. 000504 de 2018
Segundo semestre de 2018 $1.913 $1.061 No. 000282 de 2018
Primer semestre de 2018 $1.994 $1.242 No. 000462 de 2017
Segundo semestre de 2017 $1.968 $1.347 No. 000181 de 2017
Primer semestre de 2017 $2.108 $1.430 No. 000334 de 2016
 Segundo semestre de 2016 $2.187 $1.150 No. 000145 de 2016
Primer semestre de 2016 $1.935 $796 No. 000476 de 2015
Segundo semestre de 2015 $1.936 $864 No. 000185 de 2015
Primer semestre de 2015 $1.671 $692 No. 000505 de 2014
Segundo semestre de 2014 $1.794 $841 No. 000273 de 2014
Primer semestre de 2014 $1.700 $596 No. 000472 de 2013
Segundo semestre de 2013 $1.573 $514 No. 00245 de 2012
Primer semestre de 2013 $1.822 $611 No. 000469 de 2012
Segundo semestre de 2012 $1.981 $798 No. 00224 de 2012
Primer semestre de 2012 $1.948 $832 No. 00395 de 2011
Segundo semestre de 2011 $2.225 $1.263 No. 000182 de 2011
Primer semestre de 2011 $1.770 $799 No. 00460 de 2010
Segundo semestre de 2010 $1.640 $641 No. 00206 de 2010
Primer semestre de 2010 $1.590 $505 No. 00376 de 2009
Segundo semestre de 2009 $1.544 $536 No. 00174 de 2009
Primer semestre de 2009 $1.604 $659 No. 00419 de 2008
Segundo semestre de 2008 $2.048 $847 No. 00216 de 2008
Primer semestre de 2008 $1.590 $664 No. 00333 de 2007
Segundo semestre de 2007 $1.270 $505 No. 00151 de 2007
Primer semestre de 2007 $1.173 $462 No. 000351 de 2006
Segundo semestre de 2006 $977 $429 No. 000156 de 2006
Primer semestre de 2006 $991 $423 No. 00516 de 2005
Segundo semestre de 2005 $952 $481 No. 00296 de 2005
Primer semestre de 2005 $1.082 $534
Segundo semestre de 2004 $1.433 $592 No. 00273 de 2004
Primer semestre de 2004 $1.409 $466 No. 00305 de 2003
Segundo semestre de 2003 $1.383 $481 No. 00145 de 2003
Primer semestre de 2003 $1.305 $413 No. 00358 de 2002
Segundo semestre de 2002 $879 $320 No. 00160 de 2002
Primer semestre de 2002 $887 $278 No. 00399 de 2001
Segundo semestre de 2001 $685 $204 No. 00155 de 2001
Primer semestre de 2001 $747 $258 No. 00771 de 2000
Segundo semestre de 2000 $723 $380 No. 00421 de 2000
Primer semestre de 2000 $800 $417 No. 00557 de 1999
Segundo semestre de 1999 $824 $367 No. 00311 de 1999
Primer semestre de 1999 $876 $281 No. 00533 de 1998
Segundo semestre de 1998 $805 $224 No. 00221 de 1998
Primer semestre de 1998 $604 $192 No. 00568 de 1997
Segundo semestre de 1997 $529 $204 No. 00279 de 1997
Primer semestre de 1997 $559 $211 No. 00618 de 1996
Segundo semestre de 1996 $554 $192 No. 00244 de 1996
Primer semestre de 1996 $541 $156 No. 00561 de 1995
Segundo semestre de 1995 $502 $150 No. 00228 de 1995
Primer semestre de 1995 $425 $158 No. 00830 de 1994
Segundo semestre de 1994 $372 $166 No. 00436 de 1994
Nuevo contribuyente del Fondo de Fomento Palmero – FFP
Son responsables del pago de la cuota de fomento palmero, según lo establece el Artículo 4° de la Ley 138 de 1994, las personas naturales o jurídicas que beneficien fruto de palma de aceite por cuenta propia o de terceros, es decir, que encargue a una extractora la maquila de su fruto. De acuerdo con el Artículo 6° de la Ley 138 de 1994, la retención de la cuota de fomento será realizada por quienes beneficien fruto de palma, ya sea por cuenta propia o de terceros, es decir, por las plantas extractoras. Con base en lo anterior, la declaración de la contribución parafiscal se debe presentar mensualmente, dentro de los primeros 15 días del mes siguiente. Si este día es fin de semana o festivo, el plazo para declarar será el día hábil posterior. Así mismo, dicha declaración debe ser presentada de forma virtual en el Sistema Corporativo de Información para Fedepalma y los Fondos Parafiscales Palmeros - SIIF, al cual se accede ingresando a la página web www.fedepalma.org, sección “Declaración y pago a los fondos parafiscales palmeros”.  Para obtener la contraseña de ingreso al sistema, la persona jurídica o natural declarante debe suscribir previamente un convenio de responsabilidad para acceso y uso del sistema de información, procesamiento de declaraciones y/o pago de las contribuciones parafiscales palmeras. Para la elaboración del convenio se requiere que el contribuyente remita a la calle 98 No. 70- 91, piso 14, en Bogotá, o a los correos electrónicos scgomez@fedepalma.org, nvmartinez@fedepalma.org o lvasquez@fedepalma.org los siguientes documentos:
  • Certificado de cámara de comercio o matrícula mercantil del establecimiento de comercio, no mayor a dos (2) meses con registro mercantil actualizado en el último año.
  • Solicitud escrita de la suscripción de dicho convenio. 
Cualquier inquietud al respecto será atendida en el Área de Recaudos y Pagos de la Federación, por Sonia Catalina Gómez González o Luz Ángela Buenaventura, en el teléfono (601) 3138600 Ext. 2024, 2025 y 2026, celular 3142970693 o 3160269097, o a través de los e-mails: scgomez@fedepalma.org o lbuenaventura@fedepalma.org.
Tutorial proceso para declarar la cuota de fomento palmero
La Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma, con el objetivo de mejorar su servicio a los palmicultores colombianos y de facilitar los procesos de declaración y pago de las contribuciones parafiscales palmeras, presenta el siguiente video de una manera didáctica para quienes realizan dicho proceso, el cual ilustra cómo se debe declarar la cuota de fomento palmero    
Informes de gestión
Los documentos relacionados aquí corresponden a los últimos informes de gestión de Fedepalma
Notificaciones del Fondo de Fomento Palmero – FFP
A continuación encuentre las citaciones y notificaciones que la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma ha realizado a personas naturales y jurídicas que de alguna manera tienen que ver con el Fondo de Fomento Palmero – FFP.
  • CITACIONES PARA NOTIFICACIÓN PERSONAL
  • NOTIFICACIONES POR AVISO
Por el momento la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma no cuenta con citaciones ni notificaciones para el Fondo de Fomento Palmero – FFP.
Ley de Transparencia Fondo de Fomento Palmero
Ver aquí la Ley de Transparencia para el Fondo de Fomento Palmero - FFP
Estructura orgánica Fondo de Fomento Palmero

En atención a la forma de administración del Fondo de Fomento Palmero, éste no cuenta con estructura administrativa propia, no tiene empleados públicos ni trabajadores a su cargo, ni cuenta con consecuentes escalas salariales.

Ubicación de las sedes y áreas
Sede Principal
  • Dirección: Calle 98 # 70 - 91 Bogotá D.C. (Colombia)
  • Teléfono: +57 601 313 86 00
  • Correo electrónico: info@fedepalma.org
La dirección corresponde a la sede principal de Fedepalma, entidad administradora de los Fondos Parafiscales Palmeros.
Sedes y horarios Fedepalma, Fondos Parafiscales Palmeros
Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite
  • Calle 98 # 70 - 91, Centro Empresarial Pontevedra o Teléfonos: 313 8600.
  • Correo electrónico: info@fedepalma.org
  • Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. – 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Acuerdos presupuestales - Fondo de Fomento Palmero

2024

2023

2022

2021

 

2020

2019

2018

2017

2016

2015:

2014

Directorio de Funcionarios FFP
FONDO DE FOMENTO PALMERO
NOMBRES Y APELLIDOS ÁREA CARGO DIRECCIÓN CORREO TELÉFONO
Fernando Antonio Castrillón Lozano Auditoría de los Fondos Parafiscales Palmeros Auditor Interno de los Fondos Parafiscales Palmeros Cl 98 No. 70 - 91, piso 14 fcastrillon@fedepalma.org (601) 313 8600 Ext. 2601
Sonia Catalina Gómez González Recaudo y Pago Fondos Parafiscales Palmeros Responsable de Recaudo y Pago de los FPP Cl 98 No. 70 - 91, piso 14 scgomez@fedepalma.org (601) 313 8600 Ext. 2024
Jaime González Triana Dirección de Gestión de Fondos y Conocimiento Director de Gestión de Fondos Conocimiento Cl 98 No. 70 - 91, piso 14 jgonzalez@fedepalma.org (601) 313 8600 Ext. 1301
 
Acuerdos adoptados para el Fondo de Fomento Palmero
Haga clic y consulte los acuerdos relacionados con el Fondo de Fomento Palmero
 
Mecanismos de participación

El público en general puede participar a través de los siguientes mecanismos:

  • Radicando una petición, queja, reclamo o sugerencia haciendo clic aquí
  • A través del correo electrónico info@fedepalma.org
  • Acercándose a las sedes dispuestas aquí

Los palmicultores pueden participar a través del Congreso Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, el cual está integrado por los palmicultores en ejercicio, personal naturales o jurídicas debidamente inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores.

Los palmicultores inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores tienen voz y voto en el Congreso, siempre y cuando se hallen a paz y salvo con el pago de sus obligaciones a favor de la Federación y de los Fondos Parafiscales Palmeros, que sean exigibles dos meses antes de la realización de la respectiva votación.

En el, tiene voz pero no voto el Presidente Ejecutivo de la Federación, los miembros honorarios y los miembros adherentes de la misma. En ningún caso una persona podrá llevar una representación plural por poder, adicional a la propia, que supere el uno por ciento (1%) de los votos de los palmicultores inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores.

El Congreso Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite se reúne ordinariamente cada año, en el lugar y fecha determinados por el mismo Congreso o por la Junta Directiva de la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite.

La citación al Congreso se hace con al menos veinte (20) días comunes de anticipación, mediante comunicación escrita o por medio de avisos publicados en periódicos de amplia circulación; con quince (15) días comunes de anticipación se dará aviso al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

El Congreso se reúne en forma extraordinaria por determinación de la Junta Directiva Nacional de la Federación, del Comité Directivo, del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o por convocatoria de un número plural de miembros que represente al menos el treinta por ciento (30%) de los votos de sus miembros inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores que lleva la Federación.

Los votos de cada miembro del Congreso son asignados en la misma proporción al área sembrada en palma de aceite y a la producción de fruto, en el caso de los cultivadores y de la capacidad del proceso y producción de aceite de palma, en el caso de los beneficiadores y declarada en el Registro Nacional de Palmicultores o en los formularios de declaración de la Cuota de Fomento Palmero al 31 de diciembre de cada año, de acuerdo con la siguiente repartición:

En el caso de los cultivadores: un voto por tonelada de fruto producido anualmente, mas los votos resultantes de multiplicar las hectáreas sembradas por el factor que se obtenga de dividir la producción anual de fruto de todos los miembros por las hectáreas de todos ellos.

En el caso de los beneficiadores: un voto por tonelada de aceite de palma crudo producido anualmente, mas los votos resultantes de multiplicar las toneladas/hora de capacidad de beneficio por el factor que se obtenga de dividir la producción anual de aceite de palma crudo de todos los miembros por las toneladas/hora de capacidad de beneficio de todos ellos. El aceite producido en función de servicios de maquila se imputará al beneficiador.

a) En ningún caso las áreas sembradas, la producción de fruto, la capacidad de beneficio y la producción de aceite de un miembro, se pueden fraccionar para sumar en dos representaciones.

b) Cuando la votación así lo exige, se aplica el sistema de cuociente electoral.

c) El Congreso lo preside el Presidente de la Junta Directiva de la Federación o un miembro elegido de su seno. El Secretario General de la Federación hace las veces de Secretario del Congreso y cumple las funciones correspondientes.

El quorum deliberatorio del Congreso está constituido por la presencia y representación de la mitad más uno de los votos de los palmicultores inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores.

Si al Congreso no concurre un número de personas cuyo voto constituya quorum suficiente para deliberar, se ordena un receso de una (1) hora, luego del cual puede deliberar con la presencia de una tercera (1/3) parte de los votos de los miembros y decidir con la mitad más uno de los votos presentes y representados en esa reunión. Si en esa segunda oportunidad tampoco alcanza el quorum requerido, se convoca para el día inmediatamente siguiente, reunión que puede deliberar y decidir con la participación de cualquier número plural de miembros.

De todas las circunstancias se deja constancia en el acta respectiva.

En todos los casos se respetan las mayorías especiales consagradas en los estatutos para las decisiones que así lo requieran.

Las decisiones del Congreso se toman por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o representados, salvo lo que para los casos especiales determinan los estatutos. Cuando se trata de elegir a una persona, la elección se hace por mayoría de votos. Cuando se eligen más de dos, se aplica el sistema de cuociente electoral.

Son funciones del Congreso:

  • Dictar su propio reglamento.
  • Estudiar todos los problemas que afecten a los palmicultores y tomar las decisiones del caso o hacer las recomendaciones que considere oportunas.
  • Definir los programas y proyectos que se incluirán en el plan de inversiones y gastos de los Fondos Parafiscales Palmeros.
  • Elegir a los representantes de los palmicultores registrados en los Comités Directivos de los Fondos Parafiscales Palmeros, de acuerdo con las normas legales sobre la materia.

Corresponde también al Congreso la reforma de los estatutos, en la parte pertinente al mismo, la cual podrá llevarse a cabo en una sesión pero con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los votos de los miembros presentes o representados. En caso de empate se repite la votación y, si por segunda vez lo hubiere, la reforma que se discute queda denegada.

Mecanismos internos y externos de supervisión
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

En virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA del contrato de administración No. 50 de 1994, corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural efectuar la vigilancia, control y seguimiento sobre el recaudo, manejo e inversión de los recursos del Fondo, para lo cual el Ministerio podrá constatar el estado y manejo de los recursos con base en los libros y demás documentos que pueda mantener Fedepalma.

Dirección: Edificio Bancol. Carrera 8 N° 12B - 31 Piso 5 Bogotá, Bogotá D.C.

Teléfono: (+57) 601 254 33 00 – 01 8000 510050

E-mail: atencionalciudadano@minagricultura.gov.co

Sitio web: https://www.minagricultura.gov.co/paginas/default.aspx

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Según lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA OCTAVA del contrato de administración suscrito entre Fedepalma y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin perjuicio de la vigilancia ejercida por dicho Ministerio, Fedepalma en su condición de Administradora del Fondo de Fomento Palmero- FFP debe rendir cuentas a la Contraloría General de la República respecto del recaudo, manejo e inversión de los recursos del mencionado Fondo.

Dirección: Carrera 69 No 44-35, Bogotá, Colombia Teléfono: (+57) 601 518 7000 / FAX: (+57) 601518 7001 E-mail: cgr@contraloria.gov.co

Sitio web: https://www.contraloria.gov.co/

Vigencia 2013 - 2014   Vigencia 2016 - 2017   Vigencia 2020 Vigencia 2022

Informes CGR

 

AUDITORÍA INTERNA DE LOS FONDOS PARAFISCALES PALMEROS

Mecanismo a través del cual el administrador del Fondo de Fomento Palmero - FFP efectúa el seguimiento de las contribuciones parafiscales, lo cual incluye verificar su correcta liquidación, pago, recaudo y consignación, así como su administración, inversión y contabilización, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2025 de 1996. Informe semestral Informe anual Los informes de auditoría interna presentan exclusiones en su contenido relacionados con la información de los contribuyentes, en cumplimiento a la protección de la reserva tributaria.
Informe de PQRS – Fondo de Fomento Palmero
 

2023

1er Semestre

Tipo de caso Concepto Motivo Total Tiempo de Respuesta Días Hábiles
Peticiones Recaudos y Pagos FEP Generación de Certificado Palmero Declarante 1 1
Reclamo Error en la clave para acceder al sistema de información 1 3
Total General 2 N/A
 
Reclamación por las dificultades que ha tenido el tercero para comunicarse con la Federación para solucionar el inconveniente de ingreso al sistema de información – SIFF por error en la clave de acceso.
Gestión y Respuesta:  Se confirma al titular que se ha reestablecido la contraseña para el ingreso al Sistema de información para la consulta, declaración y pago de las contribuciones parafiscales correspondientes al Fondo de Fomento Palmero y las cesiones y compensaciones de estabilización del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones.
 

2022

2do semestre

Tipo de caso Concepto Motivo Cantidad de PQR Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles)
Petición Recaudos y Pagos FFP Solicitud Resolución de precios FFP 1 1
 
Solicitud Resolución de precios FFP
Gestión y Respuesta:  A partir de la solicitud realizada por el declarante del Fondo de Fomento Palmero, se envía a través de correo electrónico la Resolución No. 00202 de 2022 emitida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en la cual se señalan los precios de referencia para la liquidación de la cuota de fomento de la agroindustria de la palma de aceite para el segundo semestre del 2022.
 

2022

1er semestre

No se presentaron requerimientos por concepto del Fondo de Fomento Palmero

 

2021

2do semestre

No se presentaron requerimientos por concepto del Fondo de Fomento Palmero

   
2021 1er Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Total

Tiempo de Respuesta Días Hábiles

Petición Recaudos y Pagos FFP Solicitud de información institucional Fedepalma 1 5
Solicitud acuerdo de pago frente a las contribuciones parafiscales pendientes de pago a Fedepalma y del pago de las compensaciones al declarante. 1 21
Reclamo Reclamación frente a la firma electrónica de las declaraciones 1 8
Total General 3

5

   
Reclamación frente a la firma electrónica de las declaraciones ya que ésta no es permanente como se había informado en la capacitación del nuevo formulario de Declaración ante los Fondos, sino que se debe validar cada vez que se tiene acceso al sistema
Gestión y Respuesta:  Se confirma al titular que la autenticación solo se debe realizar por la primera vez, y se reenvían las indicaciones y tutoriales sobre el tema para  tener en cuenta al momento de diligenciar y presentar la declaración como se explicó en sesiones de capacitación programadas con los Declarantes; así mismo, se informa que está en curso el compromiso de continuar trabajando en la elaboración de material de divulgación y comunicación que facilite la comprensión de los cambios generados en el Formulario de Declaración y el cargue al sistema de información.
 
Solicitud de información Institucional Fedepalma respecto a los requisitos para la exportación de aceite de palma, los pasos a surtir y los documentos requeridos para obtener el permiso. 
Gestión y Respuesta: El Responsable de la Oficina de Recudo y Pagos responde las inquietudes planteadas y suministra la información pertinente vía correo electrónico.
 
Solicitud acuerdo de pago frente a las contribuciones parafiscales pendientes de pago a Fedepalma y del pago de las compensaciones al declarante.
Gestión y Respuesta:  Frente a las solicitudes planteadas el área de Recaudo y Pagos abordó el tema con la Secretaría Jurídica y tuvo una extensión en tiempo de respuesta de 15 días hábiles más al inicialmente generado que eran 6 días hábiles frente a una solicitud, razón por la cual se cierra el caso en el día 21 hábil.
   
2020 2do Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Total

Tiempo de Respuesta Días Hábiles

Petición Recaudos y Pagos FFP Solicitud de información 6 9.14
Asignación de clave - SIFF 1
Certificación Palmera 1
Reclamo Nuevo usuario declaración FPP 1 12
Problemas en la plataforma de pago  (PSE) de las declaraciones 1
Total General 10
 
Usuario nuevo para la firma y presentación de las declaraciones de los Fondos Parafiscales Palmeros (FPP)
Gestión y Respuesta:  Por motivo de la celebración del Congreso Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite se incrementó el número de llamadas a través del canal telefónico de la Federación, congestionándolo. Sin embargo, se atiende satisfactoriamente el requerimiento, procediendo con la creación del usuario.
 
Problemas en la plataforma de pago  (PSE) de las declaraciones – El usuario informa que aplica el pago y se genera recibo firmado en la plataforma; sin embargo, no se ve reflejado dicho paso en el proceso de pago de la declaración.
Gestión y Respuesta: Se realiza las validaciones correspondientes con el área encargada, identificando que existe una falla en el sistema la cual no permitía realizar el pago de la forma habitual; por lo cual se da por válida la reclamación y se realizan los ajustes pertinentes en el sistema para que dicha situación no se vuelva a presentar.
 
2020 1er Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Total

Tiempo de Respuesta Días Hábiles

Queja Recaudos y Pagos FFP Inconformidad en la atención recibida 1 1
Semestre Inconformidad con los votos para Congreso 1 3
Falla en la plataforma de pago del FFP 1 11
Total General 3 5
 
Inconformidad en la atención recibida por parte del Responsable de Recaudos y Pagos
Gestión y Respuesta:  Se efectúa la retroalimentación al Responsable de Recaudos y Pagos para el adecuado manejo, asesoría e información suministrada a los terceros de empresas palmicultoras declarantes; de igual forma, de manera telefónica y vía email se emite respuesta al manifestante sobre la gestión realizada.
 
Inconformidad con los votos para Congreso
Gestión y Respuesta: Se realiza verificación de la reclamación recibida por el titular con el área encargada; se realiza el recalculo de los votos para el titular y se envía la información actualizada al solicitante.
 
Falla en la plataforma de pago del FFP
Gestión y Respuesta:  Se efectúan validaciones correspondientes en el sistema y efectivamente se encontró que la incidencia en el servicio de PSE se estaba generando no de forma directa por parte de Fedepalma, sino a causa de fallas externas del proveedor ACH Colombia, los cuales fueron solucionados.
   
2019 
No se presentaron requerimientos por concepto de los Fondos Palmeros.
 

2018

2do Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Total

Tiempo de Respuesta Días Hábiles

Petición

Recaudos y Pagos FFP

Solicitud de Información

7

2.4

Petición

Auditoría de los Fondos Solicitud de Información 2 4.5
Total general 

11

3.45

 
2018 1er Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Cantidad de PQRS

Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles)

Petición

Recaudos y Pagos FFP

Solicitud de Información

2

1,50

Total general 

2

1,50

 
2017

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Cantidad de PQRS

Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles)

No se presentaron requerimientos por concepto de los Fondos Palmeros

 
2016

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Cantidad de PQRS

Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles)

Petición

Fondo de Fomento Palmero

Solicitud de Información

2

2

Recaudos y Pagos FFP

3

1

Total general 

5

1,50

2015

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Cantidad de PQRS

Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles)

No se presentaron requerimientos por concepto de los Fondos Palmeros

 
2020 1er Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Total

Tiempo de Respuesta Días Hábiles

Queja Recaudos y Pagos FFP Inconformidad en la atención recibida 1 1
Semestre Inconformidad con los votos para Congreso 1 3
Falla en la plataforma de pago del FFP 1 11
Total General 3 5
 
2020 2do Semestre

Tipo de caso

Concepto

Motivo

Total

Tiempo de Respuesta Días Hábiles

Petición Recaudos y Pagos FFP Solicitud de información 6 9.14
Asignación de clave - SIFF 1
Certificación Palmera 1
Reclamo Nuevo usuario declaración FPP 1 12
Problemas en la plataforma de pago  (PSE) de las declaraciones 1
Total General 10
 

2do semestre

No se presentaron requerimientos por concepto del Fondo de Fomento Palmero

Costos de reproducción de la información pública

Publicaciones físicas

Los valores por la reproducción de cada copia son los siguientes:
Fotocopia a blanco y negro $150 COP
Fotocopia a color $2200 COP*
Fotocopia ampliada $300 COP
*Este valor puede variar de acuerdo al nivel de color de cada pieza.
Los precios corresponden a los arrojados por el proovedor autorizado por Fedepalma para realizar las reproducciones
Las fotocopias son tipo laser, tamaño carta u oficio.

Publicación digital

Las publicaciones digitales no tienen ningún costo por su reproducción.
Glosario FFP
  • Acta de liquidación: Documento en el que consta la entrega de los bienes, las obras o los servicios contratados por parte del contratista y el recibido a satisfacción por parte de la Empresa.
  • Anticipo: Porcentaje que se pacta sobre el valor total del contrato, el cual se paga antes del inicio de las actividades establecidas en el contrato.
  • Auditado: Entidad auditada. Los auditados son: contribuyentes, industriales y comercializadores.
  • Contrato o convenio: Acuerdo de voluntades para constituir obligaciones de carácter patrimonial.
  • Contratante: Persona natural o jurídica que celebra el contrato para garantizar la provisión de un bien o servicio.
  • Cuota de Fomento Palmero: Contribución obligatoria de carácter parafiscal a cargo de toda persona natural o jurídica que beneficie fruto de palma de aceite o que encargue a una extractora la maquila de su fruto.
  • Ficha de proyecto: Documento en el cual se describe el proyecto de investigación en cuanto a objetivos, alcance, responsables, interventor, plan de ejecución, informes de gestión e interventoría
  • Fondo de Fomento Palmero (FFP): Es una cuenta especial sin personería jurídica para el recaudo y el manejo de los recursos provenientes de la cuota de fomento palmero, creado mediante la Ley 138 de 1994 y modificado por la ley No 1151 del Plan Nacional de Desarrollo de 2007, cuyo objeto es la financiación de programas y proyectos de beneficio para la agroindustria de la palma de aceite. La entidad administradora del Fondo es Fedepalma.
  • Interventor o supervisor: Persona natural o jurídica, encargada de velar por la ejecución y cumplimiento de las condiciones del contrato.
  • Plan anual de Auditoría: Conjunto de actividades a ejecutar para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el decreto 2025 de 1996 de conformidad con las normas internacionales de auditoría interna.
  • Presupuesto: Instrumento de planificación que permite proyectar en términos monetarios los ingresos, gastos e inversiones que se ejecutaran en una vigencia fiscal determinada.
  • Programa de auditoría: Conjunto de tareas planeadas con el propósito de cumplir los objetivos específicos de la actividad a auditar.
  • Proyectos de investigación: Son un conjunto de actividades desarrolladas que están orientadas a satisfacer las necesidades y mejorar la productividad del sector palmero.
  • Responsabilidad civil: Obligación de una persona por un hecho propio, por delito o culpa, y que le ha causado daño o perjuicio a otro.
  • Responsable del proyecto: Persona encargada de la ejecución del proyecto.
  • SIFF: Abreviatura utilizada para el Sistema de Información para la Federación y los fondos parafiscales palmeros.
Mecanismos de atención al ciudadano

Espacios físicos de contacto y/o correo postal para la recepción de solicitudes

Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, Fedepalma

Sede principal:

  • Calle 98No. 70 – 91 piso 14, Centro Empresarial Pontevedra, Bogotá, Colombia.

Teléfonos fijos y móviles

Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, Fedepalma

Sede principal:

  • Teléfono: +60(1) 313 86 00 extensión: 1600

Correo electrónico institucional

Si usted desea realizar sus solicitudes de peticiones, quejas, reclamos y reconocimientos, por favor escríbanos a info@fedepalma.org

Correo notificaciones judiciales: info@fedepalma.org