INDICADORES ECONÓMICOS TRM

31/10/2024

$ 4.413,46

+$ 46,07

Precios de Referencia FFP - 1/2023

$ 3.573

Indicadores Precios de Referencia FEP - 06/2024

IPML $3.697.754 - IPME $3.616.187

Precio de referencia FFP – 12/2023:

Precio de referencia del aceite de palma crudo para el cálculo de la cuota del Fondo de Fomento Palmero de acuerdo con la Resolución 0536 del 29 de diciembre expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Indicadores precios de referencia FEP – 06/2024

  1. IPML: Indicador precio paridad de importación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado local del mes de junio de 2024. (Resolución FEP 259/ 2024)
  2. IPME: Indicador precio paridad de exportación de referencia para el aceite de palma crudo en el mercado de exportación (Zona Centro – Mercado Europa) del mes de junio 2024. (Resolución FEP 259/ 2024)

Predios productores de palma de aceite deberán registrarse ante el ICA

A través de este sistema de registro el ICA podrá ejercer un mayor control fitosanitario sobre estos cultivos. 

Fuente: www.ica.gov.co

A través de este sistema de registro el ICA podrá ejercer un mayor control fitosanitario sobre estos cultivos. 

Bogotá, 14 de agosto de 2014. A través de la resolución 2009 de 2014, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, estableció los requisitos que deberán cumplir los predios productores de palma de aceite del país para obtener el registro ante la entidad.

La medida cobija a todos los productores que cultiven palma de aceite, excepto aquellos que la produzcan en viveros. El próximo 2 de julio del año 2015 todos  los predios ya deberán estar registrados ante el Instituto.

El fin de la medida es mejorar el estatus fitosanitario de la producción del cultivo, a través de un mayor control fitosanitario por parte del Instituto. Igualmente, los productores podrán realizar una detección temprana de las plagas que lo atacan y así efectuar un manejo oportuno de las mismas.

Los palmicultores deberán acercarse a la Gerencia Seccional del ICA en donde se encuentre ubicado el predio. Dentro de los requisitos que deben presentar están: nombre y dirección del predio productor; plano y coordenadas geográficas de la ubicación del predio; prueba que acredite la propiedad del predio; lista de los materiales sembrados o a sembrar; y copia del plan de manejo fitosanitario implementado en el predio, entre otros.

Los predios registrados deberán contar con asistencia técnica permanente, cumplir con un plan de manejo fitosanitario del cultivo, utilizar insumos registrados ante el Instituto, y realizar el manejo y control técnico de las plagas de acuerdo a las medidas fitosanitarias establecidas por el Instituto.

Igualmente, los productores deberán realizar la detección temprana de las plagas que lo atacan, efectuar un manejo oportuno de las mismas y reportar mensualmente las incidencias al Instituto a través del SISFITO o del medio que la que la Dirección Técnica de Epidemiología y Vigilancia Fitosanitaria establezca.

Para mayor información podrán consultar http://www.ica.gov.co/getattachment/82f18fde-bd48-4a9b-a63b-16d7c9e7c561/2014R02009.aspx

Datos de interés

  • En Colombia hay sembradas 444.253 hectáreas de palma.
  • Los principales departamentos productores de palma son: Meta (120.000 ha), Santander (64.000 ha), Cesar (63.000 ha), Magdalena (60.000 ha), Casanare (52.000 ha), Bolívar (31.500 ha), Norte de Santander (19.500 ha), Nariño (14.500 ha), Sucre (3.000 ha), La Guajira (2.045 ha), Córdoba (2.000 ha), Antioquia (1.200 ha) y Atlántico (800 ha).