INDICADORES ECONÓMICOS TRM
21/11/2024
$ 4.414,06
+$ 12,72
Precios de Referencia FFP - 1/2023
$ 3.573
Indicadores Precios de Referencia FEP - 09/2024
IPML $ 4.431.268 - IPME $ 4.228.233
Precio de referencia FFP – 12/2023:
Precio de referencia del aceite de palma crudo para el cálculo de la cuota del Fondo de Fomento Palmero de acuerdo con la Resolución 0536 del 29 de diciembre expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Indicadores precios de referencia FEP – 09/2024:
Inicio > Fondo de Fomento Palmero – FFP
El Fondo de Fomento Palmero – FFP es una cuenta especial para el recaudo y el manejo de los recursos provenientes de la cuota de fomento palmero, creados mediante la Ley 138 de 1994, cuyo objeto es la financiación de programas y proyectos de beneficio para la agroindustria de la palma de aceite.
La cuota de fomento palmero equivale al 1,5 % del precio de cada kilogramo de palmiste y aceite crudo de palma extraídos. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural fija para cada semestre el precio de referencia de liquidación de la cuota.
En atención a lo establecido en los artículos 30 de la Ley 101 de 1993 y 9 de la Ley 138 de 1994, el Fondo de Fomento Palmero – FFP es administrado por la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma, entidad gremial de derecho privado, que para tal fin celebró el contrato especial No. 050 de 1994, con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, actualmente vigente.
Período | Aceite de palma crudo | Palmiste | Resolución del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural |
Segundo semestre 2024 | $3.587 | $1.341 | No. 000157 de 2024 |
Primer semestre 2024 | $3.573 | $1.223 | No. 000536 de 2023 |
Segundo semestre 2023 | $4.364 | $1.531 | No. 000194 de 2023 |
Primer semestre 2023 | $4.527 | $1.759 | No. 00433 de 2022 |
Segundo semestre de 2022 | $5.738 | $2.915 | No. 00202 de 2022 |
Primer semestre de 2022 | $4.310 | $2.024 | No. 000392 de 2021 |
Segundo semestre de 2021 | $3.624 | $1.736 | No. 000167 de 2021 |
Primer semestre de 2021 | $2.592 | $977 | No. 000308 de 2020 |
Segundo semestre de 2020 | $2.261 | $942 | No. 000158 de 2020 |
Primer semestre de 2020 | $1.986 | $672 | No. 000457 de 2019 |
Segundo semestre de 2019 | $1.682 | $665 | No. 000207 de 2019 |
Primer semestre de 2019 | - | - | Nota aclaratoria MADR-resolución semestre 2019 |
Primer semestre de 2019 | $1.755 | $804 | No. 000504 de 2018 |
Segundo semestre de 2018 | $1.913 | $1.061 | No. 000282 de 2018 |
Primer semestre de 2018 | $1.994 | $1.242 | No. 000462 de 2017 |
Segundo semestre de 2017 | $1.968 | $1.347 | No. 000181 de 2017 |
Primer semestre de 2017 | $2.108 | $1.430 | No. 000334 de 2016 |
Segundo semestre de 2016 | $2.187 | $1.150 | No. 000145 de 2016 |
Primer semestre de 2016 | $1.935 | $796 | No. 000476 de 2015 |
Segundo semestre de 2015 | $1.936 | $864 | No. 000185 de 2015 |
Primer semestre de 2015 | $1.671 | $692 | No. 000505 de 2014 |
Segundo semestre de 2014 | $1.794 | $841 | No. 000273 de 2014 |
Primer semestre de 2014 | $1.700 | $596 | No. 000472 de 2013 |
Segundo semestre de 2013 | $1.573 | $514 | No. 00245 de 2012 |
Primer semestre de 2013 | $1.822 | $611 | No. 000469 de 2012 |
Segundo semestre de 2012 | $1.981 | $798 | No. 00224 de 2012 |
Primer semestre de 2012 | $1.948 | $832 | No. 00395 de 2011 |
Segundo semestre de 2011 | $2.225 | $1.263 | No. 000182 de 2011 |
Primer semestre de 2011 | $1.770 | $799 | No. 00460 de 2010 |
Segundo semestre de 2010 | $1.640 | $641 | No. 00206 de 2010 |
Primer semestre de 2010 | $1.590 | $505 | No. 00376 de 2009 |
Segundo semestre de 2009 | $1.544 | $536 | No. 00174 de 2009 |
Primer semestre de 2009 | $1.604 | $659 | No. 00419 de 2008 |
Segundo semestre de 2008 | $2.048 | $847 | No. 00216 de 2008 |
Primer semestre de 2008 | $1.590 | $664 | No. 00333 de 2007 |
Segundo semestre de 2007 | $1.270 | $505 | No. 00151 de 2007 |
Primer semestre de 2007 | $1.173 | $462 | No. 000351 de 2006 |
Segundo semestre de 2006 | $977 | $429 | No. 000156 de 2006 |
Primer semestre de 2006 | $991 | $423 | No. 00516 de 2005 |
Segundo semestre de 2005 | $952 | $481 | No. 00296 de 2005 |
Primer semestre de 2005 | $1.082 | $534 | |
Segundo semestre de 2004 | $1.433 | $592 | No. 00273 de 2004 |
Primer semestre de 2004 | $1.409 | $466 | No. 00305 de 2003 |
Segundo semestre de 2003 | $1.383 | $481 | No. 00145 de 2003 |
Primer semestre de 2003 | $1.305 | $413 | No. 00358 de 2002 |
Segundo semestre de 2002 | $879 | $320 | No. 00160 de 2002 |
Primer semestre de 2002 | $887 | $278 | No. 00399 de 2001 |
Segundo semestre de 2001 | $685 | $204 | No. 00155 de 2001 |
Primer semestre de 2001 | $747 | $258 | No. 00771 de 2000 |
Segundo semestre de 2000 | $723 | $380 | No. 00421 de 2000 |
Primer semestre de 2000 | $800 | $417 | No. 00557 de 1999 |
Segundo semestre de 1999 | $824 | $367 | No. 00311 de 1999 |
Primer semestre de 1999 | $876 | $281 | No. 00533 de 1998 |
Segundo semestre de 1998 | $805 | $224 | No. 00221 de 1998 |
Primer semestre de 1998 | $604 | $192 | No. 00568 de 1997 |
Segundo semestre de 1997 | $529 | $204 | No. 00279 de 1997 |
Primer semestre de 1997 | $559 | $211 | No. 00618 de 1996 |
Segundo semestre de 1996 | $554 | $192 | No. 00244 de 1996 |
Primer semestre de 1996 | $541 | $156 | No. 00561 de 1995 |
Segundo semestre de 1995 | $502 | $150 | No. 00228 de 1995 |
Primer semestre de 1995 | $425 | $158 | No. 00830 de 1994 |
Segundo semestre de 1994 | $372 | $166 | No. 00436 de 1994 |
En atención a la forma de administración del Fondo de Fomento Palmero, éste no cuenta con estructura administrativa propia, no tiene empleados públicos ni trabajadores a su cargo, ni cuenta con consecuentes escalas salariales.
FONDO DE FOMENTO PALMERO | |||||
NOMBRES Y APELLIDOS | ÁREA | CARGO | DIRECCIÓN | CORREO | TELÉFONO |
Sonia Catalina Gómez González | Recaudo y Pago Fondos Parafiscales Palmeros | Responsable de Recaudo y Pago de los FPP | Cl 98 No. 70 - 91, piso 14 | scgomez@fedepalma.org | (601) 313 8600 Ext. 2024 |
Jaime González Triana | Dirección de Gestión de Fondos y Conocimiento | Director de Gestión de Fondos Conocimiento | Cl 98 No. 70 - 91, piso 14 | jgonzalez@fedepalma.org | (601) 313 8600 Ext. 1301 |
El público en general puede participar a través de los siguientes mecanismos:
Los palmicultores pueden participar a través del Congreso Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, el cual está integrado por los palmicultores en ejercicio, personal naturales o jurídicas debidamente inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores.
Los palmicultores inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores tienen voz y voto en el Congreso, siempre y cuando se hallen a paz y salvo con el pago de sus obligaciones a favor de la Federación y de los Fondos Parafiscales Palmeros, que sean exigibles dos meses antes de la realización de la respectiva votación.
En el, tiene voz pero no voto el Presidente Ejecutivo de la Federación, los miembros honorarios y los miembros adherentes de la misma. En ningún caso una persona podrá llevar una representación plural por poder, adicional a la propia, que supere el uno por ciento (1%) de los votos de los palmicultores inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores.
El Congreso Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite se reúne ordinariamente cada año, en el lugar y fecha determinados por el mismo Congreso o por la Junta Directiva de la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite.
La citación al Congreso se hace con al menos veinte (20) días comunes de anticipación, mediante comunicación escrita o por medio de avisos publicados en periódicos de amplia circulación; con quince (15) días comunes de anticipación se dará aviso al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
El Congreso se reúne en forma extraordinaria por determinación de la Junta Directiva Nacional de la Federación, del Comité Directivo, del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o por convocatoria de un número plural de miembros que represente al menos el treinta por ciento (30%) de los votos de sus miembros inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores que lleva la Federación.
Los votos de cada miembro del Congreso son asignados en la misma proporción al área sembrada en palma de aceite y a la producción de fruto, en el caso de los cultivadores y de la capacidad del proceso y producción de aceite de palma, en el caso de los beneficiadores y declarada en el Registro Nacional de Palmicultores o en los formularios de declaración de la Cuota de Fomento Palmero al 31 de diciembre de cada año, de acuerdo con la siguiente repartición:
En el caso de los cultivadores: un voto por tonelada de fruto producido anualmente, mas los votos resultantes de multiplicar las hectáreas sembradas por el factor que se obtenga de dividir la producción anual de fruto de todos los miembros por las hectáreas de todos ellos.
En el caso de los beneficiadores: un voto por tonelada de aceite de palma crudo producido anualmente, mas los votos resultantes de multiplicar las toneladas/hora de capacidad de beneficio por el factor que se obtenga de dividir la producción anual de aceite de palma crudo de todos los miembros por las toneladas/hora de capacidad de beneficio de todos ellos. El aceite producido en función de servicios de maquila se imputará al beneficiador.
a) En ningún caso las áreas sembradas, la producción de fruto, la capacidad de beneficio y la producción de aceite de un miembro, se pueden fraccionar para sumar en dos representaciones.
b) Cuando la votación así lo exige, se aplica el sistema de cuociente electoral.
c) El Congreso lo preside el Presidente de la Junta Directiva de la Federación o un miembro elegido de su seno. El Secretario General de la Federación hace las veces de Secretario del Congreso y cumple las funciones correspondientes.
El quorum deliberatorio del Congreso está constituido por la presencia y representación de la mitad más uno de los votos de los palmicultores inscritos en el Registro Nacional de Palmicultores.
Si al Congreso no concurre un número de personas cuyo voto constituya quorum suficiente para deliberar, se ordena un receso de una (1) hora, luego del cual puede deliberar con la presencia de una tercera (1/3) parte de los votos de los miembros y decidir con la mitad más uno de los votos presentes y representados en esa reunión. Si en esa segunda oportunidad tampoco alcanza el quorum requerido, se convoca para el día inmediatamente siguiente, reunión que puede deliberar y decidir con la participación de cualquier número plural de miembros.
De todas las circunstancias se deja constancia en el acta respectiva.
En todos los casos se respetan las mayorías especiales consagradas en los estatutos para las decisiones que así lo requieran.
Las decisiones del Congreso se toman por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o representados, salvo lo que para los casos especiales determinan los estatutos. Cuando se trata de elegir a una persona, la elección se hace por mayoría de votos. Cuando se eligen más de dos, se aplica el sistema de cuociente electoral.
Son funciones del Congreso:
Corresponde también al Congreso la reforma de los estatutos, en la parte pertinente al mismo, la cual podrá llevarse a cabo en una sesión pero con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los votos de los miembros presentes o representados. En caso de empate se repite la votación y, si por segunda vez lo hubiere, la reforma que se discute queda denegada.
En virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA del contrato de administración No. 50 de 1994, corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural efectuar la vigilancia, control y seguimiento sobre el recaudo, manejo e inversión de los recursos del Fondo, para lo cual el Ministerio podrá constatar el estado y manejo de los recursos con base en los libros y demás documentos que pueda mantener Fedepalma.
Dirección: Edificio Bancol. Carrera 8 N° 12B - 31 Piso 5 Bogotá, Bogotá D.C.
Teléfono: (+57) 601 254 33 00 – 01 8000 510050
E-mail: atencionalciudadano@minagricultura.gov.co
Sitio web: https://www.minagricultura.gov.co/paginas/default.aspx
Según lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA OCTAVA del contrato de administración suscrito entre Fedepalma y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin perjuicio de la vigilancia ejercida por dicho Ministerio, Fedepalma en su condición de Administradora del Fondo de Fomento Palmero- FFP debe rendir cuentas a la Contraloría General de la República respecto del recaudo, manejo e inversión de los recursos del mencionado Fondo.
Dirección: Carrera 69 No 44-35, Bogotá, Colombia Teléfono: (+57) 601 518 7000 / FAX: (+57) 601518 7001 E-mail: cgr@contraloria.gov.coSitio web: https://www.contraloria.gov.co/
Vigencia 2013 - 2014
2023 1er Semestre |
||||
Tipo de caso | Concepto | Motivo | Total | Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Peticiones | Recaudos y Pagos FEP | Generación de Certificado Palmero Declarante | 1 | 1 |
Reclamo | Error en la clave para acceder al sistema de información | 1 | 3 | |
Total General | 2 | N/A |
Reclamación por las dificultades que ha tenido el tercero para comunicarse con la Federación para solucionar el inconveniente de ingreso al sistema de información – SIFF por error en la clave de acceso. |
Gestión y Respuesta: Se confirma al titular que se ha reestablecido la contraseña para el ingreso al Sistema de información para la consulta, declaración y pago de las contribuciones parafiscales correspondientes al Fondo de Fomento Palmero y las cesiones y compensaciones de estabilización del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones. |
2022 2do semestre |
||||
Tipo de caso | Concepto | Motivo | Cantidad de PQR | Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles) |
Petición | Recaudos y Pagos FFP | Solicitud Resolución de precios FFP | 1 | 1 |
Solicitud Resolución de precios FFP |
Gestión y Respuesta: A partir de la solicitud realizada por el declarante del Fondo de Fomento Palmero, se envía a través de correo electrónico la Resolución No. 00202 de 2022 emitida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en la cual se señalan los precios de referencia para la liquidación de la cuota de fomento de la agroindustria de la palma de aceite para el segundo semestre del 2022. |
2022 1er semestre |
||||
No se presentaron requerimientos por concepto del Fondo de Fomento Palmero |
2021 2do semestre |
||||
No se presentaron requerimientos por concepto del Fondo de Fomento Palmero |
2021 1er Semestre | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Total |
Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Petición | Recaudos y Pagos FFP | Solicitud de información institucional Fedepalma | 1 | 5 |
Solicitud acuerdo de pago frente a las contribuciones parafiscales pendientes de pago a Fedepalma y del pago de las compensaciones al declarante. | 1 | 21 | ||
Reclamo | Reclamación frente a la firma electrónica de las declaraciones | 1 | 8 | |
Total General | 3 |
5 |
Reclamación frente a la firma electrónica de las declaraciones ya que ésta no es permanente como se había informado en la capacitación del nuevo formulario de Declaración ante los Fondos, sino que se debe validar cada vez que se tiene acceso al sistema |
Gestión y Respuesta: Se confirma al titular que la autenticación solo se debe realizar por la primera vez, y se reenvían las indicaciones y tutoriales sobre el tema para tener en cuenta al momento de diligenciar y presentar la declaración como se explicó en sesiones de capacitación programadas con los Declarantes; así mismo, se informa que está en curso el compromiso de continuar trabajando en la elaboración de material de divulgación y comunicación que facilite la comprensión de los cambios generados en el Formulario de Declaración y el cargue al sistema de información. |
Solicitud de información Institucional Fedepalma respecto a los requisitos para la exportación de aceite de palma, los pasos a surtir y los documentos requeridos para obtener el permiso. |
Gestión y Respuesta: El Responsable de la Oficina de Recudo y Pagos responde las inquietudes planteadas y suministra la información pertinente vía correo electrónico. |
Solicitud acuerdo de pago frente a las contribuciones parafiscales pendientes de pago a Fedepalma y del pago de las compensaciones al declarante. |
Gestión y Respuesta: Frente a las solicitudes planteadas el área de Recaudo y Pagos abordó el tema con la Secretaría Jurídica y tuvo una extensión en tiempo de respuesta de 15 días hábiles más al inicialmente generado que eran 6 días hábiles frente a una solicitud, razón por la cual se cierra el caso en el día 21 hábil. |
2020 2do Semestre | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Total |
Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Petición | Recaudos y Pagos FFP | Solicitud de información | 6 | 9.14 |
Asignación de clave - SIFF | 1 | |||
Certificación Palmera | 1 | |||
Reclamo | Nuevo usuario declaración FPP | 1 | 12 | |
Problemas en la plataforma de pago (PSE) de las declaraciones | 1 | |||
Total General | 10 |
Usuario nuevo para la firma y presentación de las declaraciones de los Fondos Parafiscales Palmeros (FPP) |
Gestión y Respuesta: Por motivo de la celebración del Congreso Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite se incrementó el número de llamadas a través del canal telefónico de la Federación, congestionándolo. Sin embargo, se atiende satisfactoriamente el requerimiento, procediendo con la creación del usuario. |
Problemas en la plataforma de pago (PSE) de las declaraciones – El usuario informa que aplica el pago y se genera recibo firmado en la plataforma; sin embargo, no se ve reflejado dicho paso en el proceso de pago de la declaración. |
Gestión y Respuesta: Se realiza las validaciones correspondientes con el área encargada, identificando que existe una falla en el sistema la cual no permitía realizar el pago de la forma habitual; por lo cual se da por válida la reclamación y se realizan los ajustes pertinentes en el sistema para que dicha situación no se vuelva a presentar. |
2020 1er Semestre | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Total |
Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Queja | Recaudos y Pagos FFP | Inconformidad en la atención recibida | 1 | 1 |
Semestre | Inconformidad con los votos para Congreso | 1 | 3 | |
Falla en la plataforma de pago del FFP | 1 | 11 | ||
Total General | 3 | 5 |
Inconformidad en la atención recibida por parte del Responsable de Recaudos y Pagos |
Gestión y Respuesta: Se efectúa la retroalimentación al Responsable de Recaudos y Pagos para el adecuado manejo, asesoría e información suministrada a los terceros de empresas palmicultoras declarantes; de igual forma, de manera telefónica y vía email se emite respuesta al manifestante sobre la gestión realizada. |
Inconformidad con los votos para Congreso |
Gestión y Respuesta: Se realiza verificación de la reclamación recibida por el titular con el área encargada; se realiza el recalculo de los votos para el titular y se envía la información actualizada al solicitante. |
Falla en la plataforma de pago del FFP |
Gestión y Respuesta: Se efectúan validaciones correspondientes en el sistema y efectivamente se encontró que la incidencia en el servicio de PSE se estaba generando no de forma directa por parte de Fedepalma, sino a causa de fallas externas del proveedor ACH Colombia, los cuales fueron solucionados. |
2019 | ||||
No se presentaron requerimientos por concepto de los Fondos Palmeros. |
2018 2do Semestre |
||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Total |
Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Petición |
Recaudos y Pagos FFP |
Solicitud de Información |
7 |
2.4 |
Petición |
Auditoría de los Fondos | Solicitud de Información | 2 | 4.5 |
Total general |
11 |
3.45 |
2018 1er Semestre | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Cantidad de PQRS |
Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles) |
Petición |
Recaudos y Pagos FFP |
Solicitud de Información |
2 |
1,50 |
Total general |
2 |
1,50 |
2017 | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Cantidad de PQRS |
Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles) |
No se presentaron requerimientos por concepto de los Fondos Palmeros |
2016 | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Cantidad de PQRS |
Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles) |
Petición |
Fondo de Fomento Palmero |
Solicitud de Información |
2 |
2 |
Recaudos y Pagos FFP |
3 |
1 |
||
Total general |
5 |
1,50 |
2015 | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Cantidad de PQRS |
Tiempo promedio de Respuesta por cada PQR (Días Hábiles) |
No se presentaron requerimientos por concepto de los Fondos Palmeros |
2020 1er Semestre | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Total |
Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Queja | Recaudos y Pagos FFP | Inconformidad en la atención recibida | 1 | 1 |
Semestre | Inconformidad con los votos para Congreso | 1 | 3 | |
Falla en la plataforma de pago del FFP | 1 | 11 | ||
Total General | 3 | 5 |
2020 2do Semestre | ||||
Tipo de caso |
Concepto |
Motivo |
Total |
Tiempo de Respuesta Días Hábiles |
Petición | Recaudos y Pagos FFP | Solicitud de información | 6 | 9.14 |
Asignación de clave - SIFF | 1 | |||
Certificación Palmera | 1 | |||
Reclamo | Nuevo usuario declaración FPP | 1 | 12 | |
Problemas en la plataforma de pago (PSE) de las declaraciones | 1 | |||
Total General | 10 |
2do semestre |
||||
No se presentaron requerimientos por concepto del Fondo de Fomento Palmero |
Fotocopia a blanco y negro | $150 COP |
Fotocopia a color | $2200 COP* |
Fotocopia ampliada | $300 COP |
*Este valor puede variar de acuerdo al nivel de color de cada pieza.Los precios corresponden a los arrojados por el proovedor autorizado por Fedepalma para realizar las reproduccionesLas fotocopias son tipo laser, tamaño carta u oficio. |
Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, Fedepalma
Sede principal:
Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite, Fedepalma
Sede principal:
Si usted desea realizar sus solicitudes de peticiones, quejas, reclamos y reconocimientos, por favor escríbanos a info@fedepalma.org
Correo notificaciones judiciales: info@fedepalma.org